DENUNCIO LA DEFENSORIA DEL PUEBLO QUE EL ESTADO NACIONAL NO CUMPLE CON LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
La – Dirección de Seguridad Social, Adultos Mayores- de la Defensoría del Pueblo, solicito a los Senadores Nacionales por Formosa que apoyen el Proyecto de Ley presentado en el Senado y que tiene por objetivo derogar incisos del Decreto 432/97, aplicado por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y mediante el cual se suspenden pensiones por discapacidad.
El Defensor del Pueblo, José Leonardo GIALLUCA, denuncio que la interpretación exagerada que hace y lleva adelante la Ministra Carolina Stanley, para sacar las pensiones por incapacidad, implican claramente una demostración de la falta de voluntad política de cumplir con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la cual reconoce el derecho a la protección social y a la vida autónoma (Art 19 y 28).
Por otro lado, señalo que se han eliminado en lo que va del año más de 70 mil pensiones por discapacidad, cuando “debemos entender que las personas con discapacidad son sujetos de derechos y no objetos de asistencialismo”. Así desde el año 2014 en nuestro País, la Convención de los Derechos de las Personas con discapacidad tienen jerarquía Constitucional. No se ha dicho la verdad cuando los funcionarios nacionales señalaron que este era un proceso de fiscalización y si se constataba que les corresponde la pensión se iban a reponer el mismo día. Que quede en claro que Institucionalmente no defendemos aquellos beneficios de personas a las cuales no les corresponde, pero la gestión del Gobierno Nacional , vulnera derechos al establecer requisitos como que aquel discapacitado que tiene un bien a su nombre como un auto, o aquella persona con discapacidad cuyo cónyuge cobra una pensión o jubilación, incluso la mínima o quienes tengan un tutor o cónyuge que perciba un ingreso equivalente a tres jubilaciones mínimas, no podrán tener una pensión por discapacidad. Si hasta se ha señalado brutalmente que una persona con Síndrome de Down no es sujeto de derecho de esta pensión.
Así, la apelación de la Medida Cautelar que restituía los beneficios a los damnificados por el recorte de las pensiones por invalidez, a pesar que la Ministra de Desarrollo Social Carolina Stanley había asegurado que daría de alta el beneficio a todos los que habían sufrido la suspensión o eliminación, más de 150 mil titulares siguen sin recibir la prestación, y no se han restablecido todas las quitadas en 2016, ascendiendo la cifra a más de 175 mil, de los cuales el 72 por ciento corresponde a casos por invalidez, quienes además deben afrontar gastos de salud y sanitarios de hasta 40.000 pesos mensuales, ya que además se interrumpen los planes de cobertura de salud tales como diálisis para las personas con insuficiencia renal crónica y farmacológicos para pacientes trasplantados entre otros.
El fallo ejemplificador de la Jueza Adriana Cammarata que ordenó a la Nación a que en forma inmediata restablezca el pago total de las prestaciones no contributivas por incapacidad otorgadas a las Personas con Discapacidad residentes en todo el territorio de la República, que fueron dadas de baja o suspendidas sin mediar resolución fundada previa y que el Gobierno Nacional ha apelado, “constituye un acto indignante y que el Congreso de la Nación puede reparar”. Pues nadie se opone a que se revisen las pensiones por incapacidad, a lo que nos oponemos es a que se continúe perjudicando a personas discapacitadas suspendiéndoles el beneficio sin notificarlos previamente, sin permitirles derecho a una legítima defensa, dejando sin tutela efectiva a miles de personas cuyos beneficios continúan siendo vulnerados.
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