El enfrentamiento entre la Fiscalía de Madrid y la juez que investiga si el delegado del Gobierno prevaricó por permitir el 8-M tiene este jueves un nuevo capítulo. Tras un duro auto
en el que la instructora Carmen Rodríguez-Medel aseguraba que no se habían ido resolviendo los recursos presentados por la defensa durante el estado de alarma porque la fiscal del caso no había emitido un solo dictamen en ese periodo, el Ministerio Público contesta con un recurso de apelación en el que pone en duda ese argumento. «¿Cómo puede imputarse al Ministerio Fiscal la paralización de los recursos?», dice a la Sala. Insiste en que sus decisiones, han vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva en la variante de acceso al recurso. Hasta ahora, el grueso de las decisiones que ha adoptado la juez Carmen Rodriguez-Medel han sido recurridas por la Abogacía del Estado, que representa al delegado José Manuel Franco en este asunto. La Fiscalía optó por no informar esos recursos durante el estado de alarma, como era su potestad y como su opinión se recaba antes de decidir, las alegaciones se tramitaban pero no se resolvían. El pasado 8 de junio, una vez alzada la suspensión de plazos procesales que ha regido durante el estado de alarma, la Fiscalía informó. Por un lado, avaló los recursos de reforma que había ido presentando la Abogacía del Estado, compartiendo el argumento de que la juez no tenía «habilitación legal» para emprender una causa que no es de carácter urgente. Por otro, presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, como también habían hecho los servicios Jurídicos del Estado, para pedir el archivo de las actuaciones. Ese recurso iba dirigido contra el auto por el que se abrió el procedimiento al considerar que no había lugar a hacerlo. Apuntaba que se había vulnerado el derecho a la tutela judicial del imputado. El pasado dia 9, la juez dio por presentada la apelación y dictó un auto de 17 páginas en el que de forma conjunta, rechazaba todos y cada uno de los argumentos esgrimidos por la Fiscalía y la Abogacía del Estado en los recursos de reforma anteriores. Del Ministerio Público afeaba que su decisión de no informar había podido producir dilaciones en la resolución de esos recursos. De la Abogacía, que pretendiera paralizar sus decisiones sólo por el hecho de haberlas recurrido, como si pretendiese un trato de favor para su defendido que no se da en ninguna causa judicial. Ahora, la Fiscalía contesta a ese auto de 17 páginas y pide a la Audiencia Provincial que analice las resoluciones de la instructora en relación a los plazos que ha ido marcando en sus autos y providencias porque «atribuye al Ministerio Fiscal la falta de tramitación de los recursos a pesar de que todas las providencias aludidas recogen expresamente que los plazos se computarán a partir del alzamiento de los mismos». «¿Cómo puede responsabilizarse al Ministerio Fiscal de la demora en la resolución de los recursos cuando todas las providencias establecen un plazo para contestar?», plantea a la Sala, tras ofrecer varios extractos de resoluciones que fijan tiempos para contestar. Por otra parte, incide en que «la suspensión de los plazos para recurrir que recogían cada una de las providencias recurridas y las que tramitaron los recursos generó una situación de indefensión» porque la suspensión se alzó el 4 de junio y en la actualidad, la causa ya cuenta con más de 3.000 folios. Se instruye “sin posibilidad” de recurrir «Esta circunstancia pone en evidencia que ésta se está instruyendo sin posibilidad de que se tramiten de forma ordinaria los recursos planteados, y sin que la actividad instructora pueda ser valorada por un órgano superior con la misma celeridad que la instrucción», señala. Para la Fiscalía, «a la vista de la celeridad que se ha imprimido a la instrucción debiera haber declarado nula de oficio las providencias que se recurrieron y que tramitaron los recursos por cuanto la Instructora era la única facultada para imprimir velocidad a los recursos exhortando a las partes a la contestación de los mismos». Pide a la Audiencia Provincial que analice el transcurso de las actuaciones porque estima que las providencias dictadas por Rodríguez-Medel «vulneraron la tutela judicial efectiva en la vertiente de acceso al recurso, al suspender los plazos para recurrir».
FUENTE DIARIO ABC: