El Supremo tumba la imposición del euskera en Lasarte para subvencionar actividades dirigidas a menores

El Tribunal Supremo ha tumbado por «discriminatoria» la medida del Ayuntamiento de Lasarte-Oria, en Guipúzcoa, destinada a imponer el euskera a cambio de subvencionar actividades destinadas exclusivamente a menores de 16 años.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que dicho requisito es contrario al principio de igualdad de trato porque «excluye» a quienes no conocen la lengua vasca. La Justicia declara nula de esta forma parte de la ordenanza aprobada por el Consistorio de Lasarte en 2017, que en uno de sus artículos, aquel que regula las obligaciones del beneficiario de las subvenciones, se especificaba que «cuando la actividad vaya dirigida a menores de 16 años, la misma se realizará en euskera tanto oralmente como por escrito». «Parece obvio que un criterio lingüístico impide desde el inicio que quien no conozca el euskera pueda ser destinatario final de una actividad de fomento», señala en su sentencia el Supremo. Tras el recurso que interpuso la Abogacía del Estado, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) declaró que dicha disposición era ajustada a derecho. Una posición que no comparte el Alto Tribunal, que estima que la corporación municipal «olvida» que la Constitución española y la ley general de subvenciones «consagran el principio de igualdad de trato y no discriminación», aquí vinculado a la cooficialidad de las lenguas. El Supremo apunta que la imposición del euskera impide a quien no conozca o no domine la lengua «por las circunstancias que sean» ser el destinatario final de una actividad de fomento. «Parece que el fomento y la dinamización del uso de una lengua cooficial que se dice minoritaria no debería ser excluyente sino inclusivo, es decir, debería buscar la mayor generalización en su uso», sentencia la sala. «No se cuestiona aquí la obligación de organización de la actividad en euskera si va dirigida a menores de 16 años, sino el hecho de que con ese criterio lingüístico se está imponiendo a los destinatarios finales de la actividad subvencionada el conocimiento del euskera para poder participar en ella, es decir el deber de conocimiento de la lengua vasca que se les impone», sentencia.

FUENTE DIARIO ABC:

https://www.abc.es/espana/pais-vasco/abci-supremo-tumba-imposicion-euskera-lasarte-para-subvencionar-actividades-dirigidas-menores-202006181858_noticia.html

Exit mobile version