La Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal hizo lugar a un recurso de un fiscal contra la resolución de una cámara de apelaciones que había postulado que contra
las resoluciones dictadas por ellas solo se permite un recurso ante la Corte por el nuevo Código Procesal Penal. Sienta así un precedente de un futuro debate sobre el alcance de la casación en función de ese nuevo código de procedimientos judiciales.
Esa sala con firma de los jueces Mariano Borinsky -presidente- y Javier Carbajo hizo lugar a una queja presentada por un fiscal contra la resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico que denegó tres recursos de casación. Esta cámara de apelaciones consideró improcedentes los recursos contra las sentencias dictadas en virtud de lo dispuesto en el artículo 54 del nuevo Código Procesal Penal Federal.
De esta manera la Cámara de Casación ratificó su competencia y revisará las sentencias dictadas por la Cámara de Apelaciones aún con la vigencia de ese nuevo código procesal.
La discusión se centraba en si correspondía o no la intervención de la Cámara de Casación como revisor de una sentencia de Cámara de Apelaciones a partir de la implementación del art. 54 del Código Procesal Penal Federal.
Este nuevo código procesal entró en vigencia en junio de 2019 sólo para la jurisdicción federal de Salta y Jujuy; y fue puesto parcialmente en vigencia para todo el país por la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del código únicamente en lo que respecta a 10 artículos, dentro de los cuales está el 54. Este fija la competencia de los jueces de casación en ese nuevo contexto.
La resolución fue dictada en línea con la doctrina que surge del fallo “Casal” en donde la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso que la Cámara Federal del Casación Penal, en su carácter de tribunal intermedio, constituye el tribunal superior de la causa para la justicia nacional en materia penal, a los efectos del art. 14 de la ley 48.
En el caso se analizan las decisiones de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico que confirmó el rechazo de excarcelación o morigeración de prisión preventiva de tres imputados, en el marco de una causa de contrabando de droga, en la que se investiga la maniobra de la utilización del régimen de “envíos postales internacionales”.
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