Presentación de Ganancias 2020: cuándo vence, qué deducciones hacer y cómo pedir el reintegro de dólares

A fines de marzo vence la presentación 2020 del Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría, es decir para trabajadores en relación de dependencia y jubilados. El formulario

572, en el que se cargan las deducciones y pedido de reintegro por la compra de dólares, se podrán presentar vía electrónica a través del servicio Siradig (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias).

El Siradig  permite al trabajador y jubilado de altos ingresos informar datos sobre los conceptos a deducir o informar como pagos a cuenta en el régimen de retención del Impuesto a las Ganancias por parte de su empleador o liquidador de sus haberes, así como también informar otros ingresos obtenidos en caso de contar con pluriempleo.

El pedido de reintegro del 35% generado por la compra del cupo mensual de US$ 200 o o por los gastos con tarjeta efectuados en dólares, será lo más novedoso al confeccionar el formulario. Es por las percepciones del 16 de septiembre al 31 de diciembre últimos.

Cómo confeccionar la presentación

El primer paso es ingresar al sitio de internet de la la AFIP, con el número de CUIT del trabajador o del jubilado, junto a la clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior, la cual se obtiene a través de la aplicación Mi AFIP, por medio del celular con cámara frontal, y seguir los pasos de registro, para el caso de los argentinos que cuentan con DNI Tarjeta. En caso contrario, se deberá dirigir con turno a la agencia AFIP que corresponde a su domicilio.

La atención hay que centrarla en confeccionar el formulario 2020, ya que con el nuevo año fiscal, seguramente ya se generó alguna presentación para 2021.

Se abrirá una ventana nueva en la que se deberá seleccionar el período fiscal 2020 para aplicar las deducciones: carga de familia (hijos, cónyuges en general precargada de manera automática para todo el año; intereses de préstamos hipotecarios, alquileres).

En el menú Otras Retenciones, percepciones y pagos a cuenta, se puede pedir:

Una vez cargados los datos debe enviarse el formulario al empleador. La devolución deberá hacerla el agente de retención (es decir, el empleador) cuando cierra el ejercicio 2020.

Se pueden imputar:

Deducciones comunes como las  Cargas de familia:

 Y las deducciones especiales:

Reintegro por compra de dólares

Paso a paso, las claves para pedir el reintegro:

Las opciones de devolución de impuesto por compra de divisas o gastos en el exterior El contribuyente puede consultar el monto que se le devolverá del impuesto, según la información cargada por los agentes de retención. En caso de que haya percepciones que no figuran en ese listado, podrá cargarlos de manera manual a través del Siradig.

Una vez cargados los datos debe enviarse el formulario al empleador. La devolución deberá hacerla el agente de retención (empleador) cuando cierra el ejercicio 2020 del impuesto para la cuarta categoría, es decir en abril próximo.

SN

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