Dos de los cuatro expolicías de la bonaerense que habían sido condenados por el crimen de la adolescente Natalia Melmann, ocurrido en Miramar en el verano del 2001, permanecerán en prisión, luego de que la Cámara de Apelaciones y Garantías de la ciudad de Mar del Plata rechazó este viernes un recurso de la defensa de los acusados para obtener la libertad condicional.
En un fallo por mayoría, los jueces de la cámara marplatense confirmaron el fallo del juez de Ejecución Penal Ricardo Perdichizzi, quien a principios de diciembre pasado no hizo lugar a un pedido de Oscar Alberto Echenique y de Ricardo Anselmini para que sean beneficiados con la libertad condicional.
En la misma resolución del juez Perdichizzi, que la cámara confirmó, “se le hace saber a las autoridades del Servicio Penitenciario Provincial que durante la permanencia (de Echenique y de Anselmini) en dependencia carcelaria deberán garantizarse a los condenados un abordaje acorde a la evitación de actos de violencia de género y violencia sexual contra los niños, sin perjuicio de cualquier otro tratamiento que pueda ser de utilidad en post de su re-inserción social”.
En la audiencia que se había realizado el martes último, la sala 1 de la Cámara de Apelaciones no había podido resolver la cuestión porque surgieron disidencias entre los jueces que la componen, Esteban Viñas y Pablo Poggeto, por lo que tuvieron que pasar a un cuarto intermedio y llamar a un tercer juez, Adrián Angulo, para que definiera.
Según el fallo firmado este viernes y al que tuvo acceso Télam, Poggeto votó por rechazar el pedido de la defensa de los imputados, mientras que Viñas votó por concederles la libertad condicional.
Angulo coincidió con su colega Poggeto y señaló que “si bien (Echenique y Anselmini) poseen la sugerencia de viabilidad de la libertad condicional del departamento técnico criminológico del Servicio Penitenciario Bonaerense -la cual no es vinculante para los Magistrados-, no es menos cierto que, a continuación, los mismos informes advierten sobre las reservas existentes en los informes psicológicos de ambos penados, sugiriendo incluso la realización de tratamiento psicológico para los dos, tal como lo hacían los documentos reservados del año 2022 que se tuvieron en cuenta al resolver en las incidencias de libertad condicional”.
El 6 de diciembre, el juez de Ejecución Perdichizzi rechazó un pedido de los dos expolicías para que se les conceda la libertad condicional, al considerar que en ninguno de los dos casos hubo avances en cuanto a un tratamiento psicoterapéutico que la propia Cámara de Apelaciones les había exigido en 2022, al rechazar otro pedido anterior en el mismo sentido.
La resolución del magistrado fue en línea con el planteo de los abogados Federico Paruolo y Yamil Castro Bianchi, representantes de los padres de Natalia (15), Gustavo Melmann y Laura Calampuca.
Al igual que en aquella instancia, en la audiencia de este martes los abogados y el fiscal Daniel Vicente subrayaron la falta de avances en materia terapéutica de los expolicías, que cumplen condena en la Unidad Penal 44 de Batán.
Los padres de la menor asesinada advirtieron nuevamente sobre “los riesgos” de que vuelvan a la calle y pidieron que “no los liberen”.
En el caso de Echenique, se destacó la cercanía entre el lugar ofrecido como residencia y la vivienda de la madre de la víctima, en el partido de General Alvarado, mientras que en el de Anselmini, se advirtió que en el lugar residía otro expolicía con antecedentes penales.
En la instancia no se discutió el cumplimiento de los plazos para aspirar a la libertad condicional, ni la “buena conducta de encierro” de los condenados: de acuerdo a la legislación vigente, Anselmini y Echenique pueden aspirar a un régimen de ese tipo por haber cumplido 20 años de reclusión, el 29 de septiembre de 2022 en el primer caso y el 7 de junio del mismo año en el otro.
Las sentencias
Ambos fueron sentenciados en septiembre de 2002, como coautores de los delitos de “rapto, abuso sexual con acceso carnal agravado por la pluralidad de personas y homicidio criminis causa” en perjuicio de Natalia, cometidos el 4 de febrero de 2001.
El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de Mar del Plata los sentencio junto a otro policía, Ricardo Suárez (61), quien según fuentes judiciales no presentó ningún pedido para gozar de libertad condicional.
Por el hecho también fue condenado en esa instancia, pero a 25 años de cárcel, Gustavo “Gallo” Fernández, por su participación en el secuestro, aunque la pena fue reducida luego a 10 años de prisión.
El último 17 de mayo, más de 22 años después del crimen, fue sentenciado a perpetua un cuarto policía, el exsargento Ricardo Panadero.
El TOC 4 marplatense lo halló culpable de “privación ilegítima con empleo de violencia, abuso sexual calificado por la intervención de dos o más personas y homicidio doblemente agravado por el concurso de dos o más personas y por haberse consumado para lograr la impunidad”.
La condena del cuarto policía se dio en el marco del segundo juicio que debió enfrentar, ya que había sido absuelto en un primer proceso en 2018 pero ese fallo fue apelado y el 13 de noviembre de 2019 la Sala III del Tribunal de Casación bonaerense anuló esa absolución y ordenó la realización de un nuevo juicio.
El crimen de Natalia
Según se estableció en los juicios a los acusados, Natalia fue obligada a subir a una camioneta de la Policía bonaerense y llevada a una casa ubicada en el extremo sur de Miramar, donde “fue accedida carnalmente”, y luego, “con el inequívoco propósito de procurar la impunidad de la agresión sexual, la víctima fue muerta por asfixia, estrangulada con un lazo confeccionado con el cordón de una de sus zapatillas”.
Los policías trasladaron luego el cuerpo al vivero Florentino Ameghino, donde fue hallado cuatro días más tarde, debajo de una pila de hojas.
El crimen provocó la reacción de la comunidad local y regional, que encabezó junto a los familiares y allegados de la adolescente múltiples marchas para pedir Justicia.
Fuente Telam