Fin de la feria judicial y todos miran a la Corte Suprema por el DNU de Javier Milei

Tras una feria judicial atípica con intenso movimiento en los tribunales por la judicialización del DNU 70/2023, todas las miradas están puestas en la Corte Suprema de Justicia.

El alto tribunal ya tiene para resolver la demanda que inició el gobierno de La Rioja. El Procurador Eduardo Casal dictaminó a favor de que la Corte intervenga en la presentación del gobernador Ricardo Quintela, contra el DNU de Javier Milei.

Se trata de una “acción declarativa de certeza en la que se reclama la declaración de inconstitucionalidad” de la norma impulsada por el Poder Ejecutivo ya que “produce perjuicios irreparables a la ciudadanía.

La presentación se realizó en la feria judicial y la Corte contestó que la cuestión recién iba a ser analizada una vez reactivada la actividad judicial.

La semana próxima habría acuerdo y la Corte no solo tiene la presentación de Quintela ya que además llegó a esa instancia la medida cautelar que ganó la CGT y que logró suspender todo el capítulo laboral.

Antecedentes en la Corte con fallos adversos a DNUs

La Corte ha proclamado a lo largo de los años un criterio restrictivo en sus fallos, en el que estableció que debe fundarse que realmente hay un estado de necesidad y urgencia para dictar ese tipo de decretos o que sea imposible el tratamiento en el Congreso.

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Los requisitos que son necesarios para dictar un DNU según la Corte Suprema de Justicia.

El fallo “Pino Seberino”: La Corte sentó jurisprudencia en el caso Pino Seberino y otros c/ Estado Nacional s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.”, de octubre de 2021.

El litigio se entabló por un DNU de 1997 que elevó del 8 al 11 por ciento el descuento de jubilación de retirados y pensionados de Gendarmería Nacional.

Fue firmado por los actuales jueces del tribunal Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, además de la entonces jueza Elena Highton. Cada uno lo hizo con sus argumentos pero todos rechazaron la validez de un DNU relacionado con jubilaciones de Gendarmería.

La Corte estableció que las facultades legislativas del Presidente son excepcionales, no puede asumir esas prerrogativas cuando las cámaras del Congreso puedan reunirse. Solo podría dictar un decreto de esa naturaleza cuando la situación requiera solución legislativa que sea de una urgencia tal que deba ser remediada inmediatamente.

El juez Maqueda señaló que un DNU solo se justifica cuando “las cámaras del Congreso no puedan reunirse por circunstancias de fuerza mayor que lo impidan, como ocurriría en el caso de acciones bélicas o desastres naturales que impidiesen su reunión o el traslado de los legisladores a la Capital Federal”.

Otros casos: En 2023 la Corte dictó la inconstitucionalidad de un DNU que había dictado Mauricio Macri sobre honorarios en juicios previsionales. No se demostró la urgencia, dijo la Corte en esa sentencia.

Si nos remontamos en el tiempo, el Fallo Verrochi de 1999 sentó jurisprudencia. Con otra composición, la Corte dictó la inconstitucionalidad de un DNU de Carlos Menem sobre asignaciones familiares. No se probó ni la necesidad ni la urgencia.

También se recuerda en Tribunales el Fallo Consumidores Argentinos de 2010. La Corte dictó la inconstitucionalidad de un DNU de Eduardo Duhalde sobre entidades de seguros. No se demostró la urgencia.

La Corte fue clara en cuanto a los requisitos para dictar un DNU: deben existir “condiciones de rigurosa excepcionalidad” y que se demuestre un auténtico “estado de necesidad y urgencia”.

Sin ir muy lejos, en 2021, la Corte declaró la inconstitucionalidad de un DNU de Alberto Fernández que suspendía las clases presenciales en colegios porteños. Allí la cuestión no fue la urgencia sino un tema autonomía de la Ciudad de Buenos Aires.

Los temas que están judicializados o suspendidos

El capítulo laboral: la Cámara del Trabajo dispuso a pedido de la CGT la inconstitucionalidad del capítulo 4 del DNU que se refiere a los cambios de los derechos laborales, la duración del período de prueba y el cálculo de la indemnización entre otros temas cruciales. También confirmó las medidas cautelares que suspenden la vigencia de ese capítulo.

Medicina prepaga: diversos afiliados a las empresas de medicina prepaga cuestionaron el artículo que permite disponer aumentos. La justicia civil y comercial federal hizo lugar a la suspensión de esos artículos pero el beneficio se aplica a cada afiliado en particular que planteó la demanda. La mayoría son a favor de jubilados que no pueden hacer frente a los aumentos dispuestos por las empresas.

Privatización de empresas: la Federación de Trabajadores de Prensa (Fatpren) presentó un amparo en el fuero contencioso administrativo federal contra la transformación en sociedades anónimas de la agencia de noticias Télam y Radio Nacional.

Exportaciones: el Centro de Despachantes de Aduana de la República Argentina presentó un amparo contra la reforma que establece la eliminación del Registro de Despachantes de Aduana.

Ley de tierras: el juez federal de La Plata Ernesto Kreplak suspendió el artículo que deroga la ley de Tierras e impide que extranjeros compren propiedades en zona de frontera.

Yerba mate: el Poder Judicial de la Provincia de Misiones aceptó una cautelar presentada por sectores vinculados a la producción de yerba mate, provocando que pierdan efecto los artículos que afectaban al rubro dispuestos en el decreto. La medida del Gobierno nacional provocaba la perdida de entidad de la Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) y la afectación de la obra social de los trabajadores yerbateros.

Transporte aéreo: La Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) objetó en la justicia la modificación del Código Aeronáutico, la derogación de la ley 19030 sobre transporte aerocomercial y la modificación de la ley 26.412 de rescate de Aerolíneas Argentinas y Austral que establece que el Estado nacional no cederá la mayoría accionaria de Aerolíneas.

Medicamentos: la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) cuestionó que los medicamentos se puedan vender en cualquier comercio como kioscos, supermercados. Los farmacéuticos alegaron que se afecta su trabajo y que además está en riesgo la salud pública.

Alquileres: la asociación civil Inquilinos Agrupados y la ONG Por un Hogar en Argentina objetaron el artículo que deroga la ley de alquileres y permite pactarlos libremente.

Futbol: la Liga de Salto, provincia de Buenos Aires, obtuvo una medida cautelar de un juez federal de Mercedes que suspendió la posibilidad de que los clubes de fútbol sean sociedades anónimas.

Turismo: la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (FAEVYT) se presentó en contra de la derogación del régimen de los agentes de viaje ya que permite que cualquiera comercialice esos productos.

Fuente Ambito

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